Nombre del autor:ASPU

Aspu es la Asociación Sindical de Profesores Universitarios, pero ya extendido a profesores de Instituciones de Educación Superior (IES), Fundado en mayo de 1966 desde la Universidad Nacional de Colombia. Aspu fue el precursor de la carrera docente en la universidades de Colombia y en el año del 2002, se creo el Decreto 1279 que regula el salario de las prestaciones sociales de los profesores universitarios públicos. No aplica para las demás instituciones de educación superior. actualmente su Presidente es el Profesor de la Universidad Nacional, Pedro Hernández Castillo.

Sentencia C-754/04

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 4º de la Ley 860 de 2003, “por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones.”

12-sentencia-C-931/04

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2° de la Ley 848 de 2003, “por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2004”

Sentencia T-426/03

Acción de tutela incoada por Nicolás Castaño Jaramillo y otros contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín (Antioquia) Sala Laboral.

Sentencia C-1017/03

Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 780 de 2002 “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2003”.

Sentencia-C-006/96

Acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 74 (parcial) de la Ley 30 de 1992, “Por la cual se organiza el servicio público de la educación superior.”

Sentencia-C-473/94

La huelga en el Estado social de derecho, su reconocimiento constitucional y sus limitaciones en los servicios públicos esenciales para proteger los derechos de los usuarios.

DECRETO NÚMERO 535 DE 2009

Texto del Decreto 535 del 24 de febrero de 2009, expedido por el gobierno nacional para reglamentar el artículo 416 del Código Sustantivo del Trabajo, sobre el derecho a la NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS.

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